Wikipedia
Resultados de la búsqueda
martes, 23 de diciembre de 2014
lunes, 22 de diciembre de 2014
viernes, 12 de diciembre de 2014
Pedro Nikken: El gobierno se compromete mucho y cumple poco en materia de DD HH
“El gobierno se compromete mucho y cumple poco en materia de DD HH”
Pedro Nikken, expresidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos y de la Comisión Internacional de Juristas, declaró que el
gobierno venezolano se compromete mucho y cumple poco.
“Todos los
Estados están obligados a adaptar sus reglas al derecho internacional, y
la Constitución venezolana así lo establece en forma expresa. Venezuela
ha asumido compromisos sumamente amplios, pero el gobierno ha inventado
que las sentencias de los tribunales internacionales necesitan permiso
del Tribunal Supremo de Justicia para ser ejecutadas en el país. En
materia de derechos humanos, Venezuela tiene una deuda de cumplimiento,
no de compromiso”, declaró el exfuncionario por motivo de la
conmemoración del 66º aniversario de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
Nikken aseguró que el gran culpable de la impunidad en Venezuela es el Poder Judicial.
“Lamentablemente,
el país no cuenta con jueces que actúen con visión de Derechos Humanos y
la impunidad casi alcanza el 98%”, precisó.
El ex presidente de
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Carlos Ayala Corao,
agregó que en Venezuela pensar diferente acarrea sanciones penales.
Recordó que este año casi 4.000 personas fueron detenidas por ejercer el
derecho a la protesta, dos alcaldes (Enzo Sacarano, de San Diego, y
Daniel Ceballos, de San Cristóbal) fueron condenados y destituidos de
sus cargos, el líder opositor Leopoldo López permanece preso en una
cárcel militar, y la diputada María Corina Machado fue defenestrada de
su curul.
Ayala Corao destacó la presencia en el evento de la
jueza María Lourdes Afiuni, quien precisamente este miércoles cumplió
cinco años bajo proceso penal por acatar un dictamen del Grupo de
Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas. Este 10 de
diciembre se debía reiniciar el juicio en su contra, pero, según su
abogado José Amalio Graterol, las autoridades del Circuito Judicial
Penal del Área Metropolitana de Caracas acordaron un nuevo diferimiento.
Marco
Ruíz, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la
Prensa, destacó que este año hubo un récord de agresiones a periodistas,
reporteros gráficos y medios de comunicación: 247 casos. Lamentó que
este tipo de excesos se mantenga en absoluta impunidad y anunció que las
agresiones a los trabajadores de la Cadena Capriles, ocurridas en 2009,
serán denunciadas ante las Naciones Unidas por la denegación de
justicia que ha habido en Venezuela.
Al encuentro organizado por
el Observatorio Venezolano de Prisiones también acudieron familiares de
los reclusos de la cárcel de Uribana. Humberto Prado, director de la
ONG, dijo que la muerte de 48 prisioneros, supuestamente víctimas de
intoxicación, constituye una evidencia más de la indolencia del Estado
frente a la crisis penitenciaria.
En el acto se condecoró con la
medalla Rómulo Gallegos, en su primera edición, a los panelistas y a la
jueza Afiuni, como un reconocimiento a su labor en la promoción y
defensa de los Derechos Humanos. Los familiares de las víctimas de
Uribana hicieron las entregas.
Pedro Nikken, expresidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos y de la Comisión Internacional de Juristas, declaró que el
gobierno venezolano se compromete mucho y cumple poco.
“Todos los
Estados están obligados a adaptar sus reglas al derecho internacional, y
la Constitución venezolana así lo establece en forma expresa. Venezuela
ha asumido compromisos sumamente amplios, pero el gobierno ha inventado
que las sentencias de los tribunales internacionales necesitan permiso
del Tribunal Supremo de Justicia para ser ejecutadas en el país. En
materia de derechos humanos, Venezuela tiene una deuda de cumplimiento,
no de compromiso”, declaró el exfuncionario por motivo de la
conmemoración del 66º aniversario de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
Nikken aseguró que el gran culpable de la impunidad en Venezuela es el Poder Judicial.
“Lamentablemente,
el país no cuenta con jueces que actúen con visión de Derechos Humanos y
la impunidad casi alcanza el 98%”, precisó.
El ex presidente de
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Carlos Ayala Corao,
agregó que en Venezuela pensar diferente acarrea sanciones penales.
Recordó que este año casi 4.000 personas fueron detenidas por ejercer el
derecho a la protesta, dos alcaldes (Enzo Sacarano, de San Diego, y
Daniel Ceballos, de San Cristóbal) fueron condenados y destituidos de
sus cargos, el líder opositor Leopoldo López permanece preso en una
cárcel militar, y la diputada María Corina Machado fue defenestrada de
su curul.
Ayala Corao destacó la presencia en el evento de la
jueza María Lourdes Afiuni, quien precisamente este miércoles cumplió
cinco años bajo proceso penal por acatar un dictamen del Grupo de
Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas. Este 10 de
diciembre se debía reiniciar el juicio en su contra, pero, según su
abogado José Amalio Graterol, las autoridades del Circuito Judicial
Penal del Área Metropolitana de Caracas acordaron un nuevo diferimiento.
Marco
Ruíz, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la
Prensa, destacó que este año hubo un récord de agresiones a periodistas,
reporteros gráficos y medios de comunicación: 247 casos. Lamentó que
este tipo de excesos se mantenga en absoluta impunidad y anunció que las
agresiones a los trabajadores de la Cadena Capriles, ocurridas en 2009,
serán denunciadas ante las Naciones Unidas por la denegación de
justicia que ha habido en Venezuela.
Al encuentro organizado por
el Observatorio Venezolano de Prisiones también acudieron familiares de
los reclusos de la cárcel de Uribana. Humberto Prado, director de la
ONG, dijo que la muerte de 48 prisioneros, supuestamente víctimas de
intoxicación, constituye una evidencia más de la indolencia del Estado
frente a la crisis penitenciaria.
En el acto se condecoró con la
medalla Rómulo Gallegos, en su primera edición, a los panelistas y a la
jueza Afiuni, como un reconocimiento a su labor en la promoción y
defensa de los Derechos Humanos. Los familiares de las víctimas de
Uribana hicieron las entregas.
Ligan a Higa con el Secretario de Hacienda, Luis Videgaray
Documenta The Wall Street Journal, que el secretario de Hacienda también compro una casa valuada en 7.5 mdp.
El Secretario de Hacienda, Luis Videgaray, adquirió una casa valuada en
7.5 millones de pesos en el Estado de México, al mismo empresario que
financió la llamada Casa blanca a la Primera Dama, Angélica Rivera,
afirmó The Wall Street Journal (WSJ).
La casa de 8 50 metros cuadrados ubicada en un club de golf a las
afueras de Malinalco fue adquirida por el funcionario con el mismo
esquema que utilizó Rivera: un préstamo de l a emp r e s a H&G, de
Juan Armando Hinojosa, dueño de Grupo Higa.
El diario estadounidense detalló que en octubre de 2012 Videgaray
recibió un préstamo de 532 mil dólares por parte de H&G para
adquirir la propiedad, dos meses antes de que Enrique Peña tomara
posesión como Presidente de México.
De acuerdo con los registros de propiedad, revisados por el rotativo,
el Secretario compró la casa en 581 mil dólares en ese momento, lo cual
incluye un pago inicial y una hipoteca con H&G a 18 años.
A pesar del plazo, Videgaray liquidó la hipoteca el 31 de enero de este
año con un pago único. La hipoteca no fue publicada en su declaración
de bienes, pues de acuerdo con el propio funcionario, el formulario
electrónico del Gobierno no le permitía especificar que era un crédito
de una entidad no bancaria.
Aún así, WSJ señaló que pudieron corroborar que el Videgaray adjuntó
una nota aclaratoria a su declaración diciendo que tenía un préstamo no
bancario.
‘Indaguen… Casa Blanca’
El caso de la llamada "Casa Blanca" de la Primera Dama debe
investigarse, aseguró el Secretario de Hacienda, Luis de Videgaray, ayer
en Estados Unidos, el mismo día en que The Wall Street Journal reveló
que el funcionario adquirió una casa de 7.5 millones de pesos en un
esquema similar.
Durante una visita a Nueva York para calmar a los inversionistas por la
situación en el País, Videgaray concedió una entrevista a la cadena
CNBC en donde aseguró que la nueva autoridad anticorrupción de México
debe revisar, como uno de sus primeros casos, la adquisición de la "Casa
Blanca" por parte de Angélica Rivera, esposa del Presidente Enrique
Peña Nieto.
La periodista estadounidense Michelle Caruso-Cabrera cuestionó al
funcionario si la "Casa Blanca" ha levantado preocupación entre los
inversionistas. "Si Barbara Bush hubiera recibido una casa de
Halliburton, George Bush hubiera sido enjuiciado", cuestionó la
periodista.
lunes, 24 de noviembre de 2014
¿Nada qué esconder?
No es un tema de una casa o de cuánto gana una actriz. El tema de
la "Casa Blanca" perteneciente a los Peña Nieto-Rivera es un asunto
medular para México. Tiene que ver con el conflicto de interés, con la
relación entre empresarios y el gobierno, con los vínculos de una
televisora y el poder político, con la forma en la cual se celebran y se
revocan licitaciones en el país. Tiene que ver con la manera en la cual
se usa y se ejerce y se comparte el poder político y económico en
México.
De forma irregular. Opaca. Discrecional. Sin rendir cuentas o haciéndolo a cuentagotas.
El
gobierno de Enrique Peña Nieto vive una crisis y muy grave; un
escándalo que en otros países hubiera llevado ya a la dimisión del
Presidente. Pero Peña Nieto y su esposa la han subestimado. Han
respondido torpe y tardíamente. El histriónico video de la primera dama
sólo exacerba los problemas que ella misma creó. No sólo por el tono
indignado, enojado, condescendiente. No sólo porque le falta comprender
que desde el momento en que usa y dispone de un solo peso público, está
sujeta al escrutinio legítimo aunque no sea "servidora pública". No sólo
porque elude el meollo del asunto que es el conflicto de interés en el
que incurre. No sólo porque deja de informar cómo conoció al Sr.
Hinojosa -dueño de la constructora Higa- sino ignora el hecho de que ha
ganado múltiples licitaciones al arropo del poder de su esposo, como
gobernador y como Presidente.
Si Angélica Rivera realmente no
tiene nada que esconder, que lo pruebe y no sólo con una actuación de 7
minutos vía un video. Supongamos que su declaración fiscal
"complementaria" del 2010 es verídica. Pero dado todo lo que ha ocurrido
en torno a este caso, no es paranoia pensar que la declaración pudo
llenarse y manipularse directamente en la página del SAT. Que su
contenido es perfectamente manipulable. Que el propio secretario de
Hacienda o el jefe del SAT hubieran podido alterar el sello digital que
aparece en la primera hoja. Y por ello, para disipar dudas y en aras de
la transparencia, es necesario que se exhiban ante la opinión pública
los siguientes documentos: 1) La declaración "normal" correspondiente al
propio año; 2) El contrato de exclusividad con Televisa que derivó en
el pago de 130 millones de pesos; 3) Las constancias de retención del
10% del ISR que efectuaron Televisa, Televisa Talento y el banco. Todo
ello para constatar que los pagos a los que alude la primera dama en su
video son reales.
Por otra parte, con respecto al "préstamo" de
la casa de Palmas que le hizo Televisa, constituye un ingreso en
servicio para efectos de la Ley del ISR. Por eso Angélica Rivera debe
exhibir sus declaraciones anuales desde el 2004 hasta el 2008. También
debe explicar -en cuanto a la compra del inmueble en Sierra Gorda- cómo
se realizó el pago. Asimismo debe exhibir el pago del ISAI a la
Tesorería del DF, y si no se realizó, que explique por qué para así
verificar la certidumbre de la compra del terreno y las condiciones de
la operación. Y finalmente Televisa debe responder si pagó o no a
Angélica Rivera la cantidad de $130 millones por un "contrato de
exclusividad".
La empresa ha guardado silencio y genera suspicacia que lo haga. Tiene que dar un sencillo "sí" o "no".
Acompañado
de la remoción del secretario de Comunicaciones y Transportes por haber
avalado la licitación amañada del tren México-Querétaro en favor del
Grupo Higa. Aunado a la prohibición al Grupo Higa de participar en
cualquier licitación en lo que resta del sexenio. Acompañado de la
donación del dinero producto de la venta de la casa a una buena causa. Y
más allá de estas acciones, la principal. El reconocimiento por parte
de Peña Nieto y Angélica Rivera de que la rendición de cuentas no es una
concesión. Es una obligación.
Denise Dresser
la "Casa Blanca" perteneciente a los Peña Nieto-Rivera es un asunto
medular para México. Tiene que ver con el conflicto de interés, con la
relación entre empresarios y el gobierno, con los vínculos de una
televisora y el poder político, con la forma en la cual se celebran y se
revocan licitaciones en el país. Tiene que ver con la manera en la cual
se usa y se ejerce y se comparte el poder político y económico en
México.
De forma irregular. Opaca. Discrecional. Sin rendir cuentas o haciéndolo a cuentagotas.
El
gobierno de Enrique Peña Nieto vive una crisis y muy grave; un
escándalo que en otros países hubiera llevado ya a la dimisión del
Presidente. Pero Peña Nieto y su esposa la han subestimado. Han
respondido torpe y tardíamente. El histriónico video de la primera dama
sólo exacerba los problemas que ella misma creó. No sólo por el tono
indignado, enojado, condescendiente. No sólo porque le falta comprender
que desde el momento en que usa y dispone de un solo peso público, está
sujeta al escrutinio legítimo aunque no sea "servidora pública". No sólo
porque elude el meollo del asunto que es el conflicto de interés en el
que incurre. No sólo porque deja de informar cómo conoció al Sr.
Hinojosa -dueño de la constructora Higa- sino ignora el hecho de que ha
ganado múltiples licitaciones al arropo del poder de su esposo, como
gobernador y como Presidente.
Si Angélica Rivera realmente no
tiene nada que esconder, que lo pruebe y no sólo con una actuación de 7
minutos vía un video. Supongamos que su declaración fiscal
"complementaria" del 2010 es verídica. Pero dado todo lo que ha ocurrido
en torno a este caso, no es paranoia pensar que la declaración pudo
llenarse y manipularse directamente en la página del SAT. Que su
contenido es perfectamente manipulable. Que el propio secretario de
Hacienda o el jefe del SAT hubieran podido alterar el sello digital que
aparece en la primera hoja. Y por ello, para disipar dudas y en aras de
la transparencia, es necesario que se exhiban ante la opinión pública
los siguientes documentos: 1) La declaración "normal" correspondiente al
propio año; 2) El contrato de exclusividad con Televisa que derivó en
el pago de 130 millones de pesos; 3) Las constancias de retención del
10% del ISR que efectuaron Televisa, Televisa Talento y el banco. Todo
ello para constatar que los pagos a los que alude la primera dama en su
video son reales.
Por otra parte, con respecto al "préstamo" de
la casa de Palmas que le hizo Televisa, constituye un ingreso en
servicio para efectos de la Ley del ISR. Por eso Angélica Rivera debe
exhibir sus declaraciones anuales desde el 2004 hasta el 2008. También
debe explicar -en cuanto a la compra del inmueble en Sierra Gorda- cómo
se realizó el pago. Asimismo debe exhibir el pago del ISAI a la
Tesorería del DF, y si no se realizó, que explique por qué para así
verificar la certidumbre de la compra del terreno y las condiciones de
la operación. Y finalmente Televisa debe responder si pagó o no a
Angélica Rivera la cantidad de $130 millones por un "contrato de
exclusividad".
La empresa ha guardado silencio y genera suspicacia que lo haga. Tiene que dar un sencillo "sí" o "no".
Acompañado
de la remoción del secretario de Comunicaciones y Transportes por haber
avalado la licitación amañada del tren México-Querétaro en favor del
Grupo Higa. Aunado a la prohibición al Grupo Higa de participar en
cualquier licitación en lo que resta del sexenio. Acompañado de la
donación del dinero producto de la venta de la casa a una buena causa. Y
más allá de estas acciones, la principal. El reconocimiento por parte
de Peña Nieto y Angélica Rivera de que la rendición de cuentas no es una
concesión. Es una obligación.
Denise Dresser
viernes, 24 de octubre de 2014
viernes, 17 de octubre de 2014
sábado, 20 de septiembre de 2014
Vídeo de la Red por la Rendición de Cuentas
¿Qué es un órgano garante estatal? José Luis Buen…: http://youtu.be/aNo25Wqaro0
Vídeo de la Red por la Rendición de Cuentas
Recursos de revisión - Areli Cano: http://youtu.be/kW9wHGXqrbI
viernes, 22 de agosto de 2014
Frase sobre Derecho
Echa un vistazo al Tweet de @mistermosnter: https://twitter.com/mistermosnter/status/502986951319109632
viernes, 15 de agosto de 2014
domingo, 10 de agosto de 2014
Interesante entrevista a José Ramón Fernández en el Canal Judicial.
José Ramón Fernández Parte 1 / Pino Suárez Dos: http://youtu.be/sX2koYVA_JE
La visión del maestro Fix-Zamudio sobre la Ley de Amparo de 2013.
Héctor Fix-Zamudio / Pino Suárez Dos: http://youtu.be/hIqbrMVmAso
Argumentación de los Derechos Humanos
¿Cómo argumentar la democracia en la edad de los …: http://youtu.be/awtozN2yGZk
sábado, 2 de agosto de 2014
Comentarios a la Reforma en Derechos Humanos de 2011
Reforma Constitucional en Derechos Humanos, comen…: http://youtu.be/YelgfePf08Q
Argumentar sobre hechos
La Argumentación sobre Hechos en el Derecho, come…: http://youtu.be/fXXnFO90t90
Debemos saber expresarnos con claridad
Los abogados deben saber expresarse: http://youtu.be/8taU4P4ELM4
Derechos Humanos en la Administración Pública
El Enfoque de Derechos Humanos en la Administraci…: http://youtu.be/vyjeY3p-2pg
lunes, 14 de julio de 2014
Resuelve Sala Superior del Tribunal Electoral, segundo asunto sobre los regidores de Macuspana, Tabasco.
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO.
EXPEDIENTE: SUP-JDC-474/2014
ACTORAS: MAYRA VIANETT
MARTÍNEZ GARCÍA Y NORMA
MARINA BUSTILLO PETRIKOSWKI
AUTORIDAD RESPONSABLE:
TRIBUNAL ELECTORAL DE
TABASCO
TERCEROS INTERESADOS: ANA
BERTHA MIRANDA PASCUAL Y
PEDRO GABRIEL HIDALGO
CÁCERES.
MAGISTRADO PONENTE: PEDRO
ESTEBAN PENAGOS LÓPEZ
SECRETARIO: SERGIO DÁVILA
CALDERÓN
México, Distrito Federal, a nueve de julio de dos mil catorce.
Las ciudadanas Mayra Vianett Martínez García y Norma Marina Bustillo Petrikoswki promovieron el presente juicio ciudadano, en el cual plantean, al igual que lo hicieron en la instancia local, que no se está en presencia de un asunto de naturaleza electoral, ya que se trata de una controversia en materia de responsabilidad administrativa de servidores públicos, que debe ser del conocimiento del tribunal contencioso administrativo estatal, por tanto, el tribunal electoral responsable indebidamente asumió competencia para resolver el juicio ciudadano local.
De lo expuesto, esta Sala Superior considera fundados los agravios planteados por las actoras en el presente juicio, ya que la naturaleza del acto que impugnan no queda comprendida dentro de las atribuciones de este Tribunal, así como tampoco del Tribunal Electoral del Estado de Tabasco, ni es de naturaleza electoral.
Lo anterior porque, como se ha puntualizado, el acto primigeniamente reclamado deriva de un procedimiento de responsabilidad administrativa, que es autónomo y prevé las medidas necesarias para identificar, investigar y sancionar por ese medio, el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos al desempeñar su empleo, cargo o comisión, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, economía y eficacia y cuenta con sus propios medios de defensa.
En razón de lo anterior, toda vez que la sanción de destitución impuesta con dentro del servicio público, con motivo de la existencia de responsabilidad administrativa corresponde a un ámbito distinto a la materia electoral, resulta incuestionable que se debe revocar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Tabasco, el cinco de junio de dos mil catorce, en el juicio ciudadano local TET-JDC-08/2014-II y, en consecuencia, se sobresee en el juicio ciudadano local por las consideraciones vertidas en el cuerpo de esta ejecutoria.
Por tanto, se ordena al tribunal electoral local devolver las constancias del expediente correspondiente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco para que, en ejercicio de sus atribuciones, actúe conforme a derecho.
domingo, 6 de julio de 2014
Procedimientos Administrativos de Responsabilidad, no son de naturaleza electoral.
Resuelve TRIFE que tribunales electorales no tienen competencia para conocer y resolver sobre procedimientos de responsabilidad administrativa (Caso 1 de los Regidores de Macuspana, Tabasco)
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO.
EXPEDIENTE: SUP-JDC-473/2014
ACTOR: CARLOS CECILIO ORDORICA PÉREZ
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ALEJANDRO LUNA RAMOS
SECRETARIOS: LUCÍA GARZA JIMÉNEZ Y FRANCISCO JAVIER MENDOZA SOLÓRZANO
México, Distrito Federal, a dos de julio de dos mil catorce.
El actor aduce que la resolución de la autoridad responsable le causa agravio dado que, no es la instancia competente para resolver sobre la legalidad del procedimiento de responsabilidad administrativa que ordenó la destitución de Moisés Moscoso Oropeza, en su carácter de regidor y se llamó al actor a desempeñar el cargo como décimo segundo regidor del Ayuntamiento de Macuspana Tabasco; ya que en todo caso correspondería al Tribunal de lo Contencioso Administrativo en Tabasco, en uso de sus facultades resolver
en definitiva.
Los agravios son fundados. En el caso, en el juicio al rubro indicado, el actor controvierte la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Tabasco en el expediente TET-JDC-06/2014-III, que entre
otras cuestiones restituyó a Moisés Moscoso Oropeza en el cargo de décimo segundo regidor del Ayuntamiento Constitucional de Macuspana, en la referida entidad federativa.
Para este órgano jurisdiccional, el acto reclamado por el demandante está relacionado con un procedimiento de responsabilidad administrativa seguido en contra de Moisés Moscoso Oropeza, por actos presuntamente constitutivos de infracción, conforme a la normativa electoral en el Estado de Tabasco, lo cual excede la tutela de esta Sala Superior, porque se trata de procedimientos de naturaleza distinta a la materia electoral.
Lo anterior porque, como se ha puntualizado, el acto primigeniamente reclamado deriva de un procedimiento de responsabilidad administrativa, que es autónomo y prevé las medidas necesarias para identificar, investigar y sancionar por ese medio, el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos al desempeñar su empleo, cargo o comisión, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, economía y eficacia y cuenta con sus propios medios de defensa.
En consecuencia, se revoca la resolución del tribunal electoral local impugnada y, en consecuencia se debe sobreseer el juicio ciudadano local por las consideraciones vertidas en el cuerpo de esta ejecutoria, y ordenar al tribunal electoral local devolver las constancias del expediente correspondiente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco para que en ejercicio de sus atribuciones actúe conforme a derecho.
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO.
EXPEDIENTE: SUP-JDC-473/2014
ACTOR: CARLOS CECILIO ORDORICA PÉREZ
AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE TABASCO
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ALEJANDRO LUNA RAMOS
SECRETARIOS: LUCÍA GARZA JIMÉNEZ Y FRANCISCO JAVIER MENDOZA SOLÓRZANO
México, Distrito Federal, a dos de julio de dos mil catorce.
El actor aduce que la resolución de la autoridad responsable le causa agravio dado que, no es la instancia competente para resolver sobre la legalidad del procedimiento de responsabilidad administrativa que ordenó la destitución de Moisés Moscoso Oropeza, en su carácter de regidor y se llamó al actor a desempeñar el cargo como décimo segundo regidor del Ayuntamiento de Macuspana Tabasco; ya que en todo caso correspondería al Tribunal de lo Contencioso Administrativo en Tabasco, en uso de sus facultades resolver
en definitiva.
Los agravios son fundados. En el caso, en el juicio al rubro indicado, el actor controvierte la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Tabasco en el expediente TET-JDC-06/2014-III, que entre
otras cuestiones restituyó a Moisés Moscoso Oropeza en el cargo de décimo segundo regidor del Ayuntamiento Constitucional de Macuspana, en la referida entidad federativa.
Para este órgano jurisdiccional, el acto reclamado por el demandante está relacionado con un procedimiento de responsabilidad administrativa seguido en contra de Moisés Moscoso Oropeza, por actos presuntamente constitutivos de infracción, conforme a la normativa electoral en el Estado de Tabasco, lo cual excede la tutela de esta Sala Superior, porque se trata de procedimientos de naturaleza distinta a la materia electoral.
Lo anterior porque, como se ha puntualizado, el acto primigeniamente reclamado deriva de un procedimiento de responsabilidad administrativa, que es autónomo y prevé las medidas necesarias para identificar, investigar y sancionar por ese medio, el incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos al desempeñar su empleo, cargo o comisión, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, economía y eficacia y cuenta con sus propios medios de defensa.
En consecuencia, se revoca la resolución del tribunal electoral local impugnada y, en consecuencia se debe sobreseer el juicio ciudadano local por las consideraciones vertidas en el cuerpo de esta ejecutoria, y ordenar al tribunal electoral local devolver las constancias del expediente correspondiente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco para que en ejercicio de sus atribuciones actúe conforme a derecho.
Suscribirse a:
Comentarios (Atom)